miércoles, 5 de octubre de 2016

El Conmonitorio a cámara lenta (29): ES LEGÍTIMO RECURRIR A LOS PADRES


 29. Creo llegado el momento de recapitular al fin de este segundo Conmonitorio, todo lo que ha sido tratado en los dos Conmonitorios.

En el primero dije que los católicos han tenido siempre la costumbre, y tienen todavía, de determinar la verdadera fe de dos maneras: con la autoridad de la Escritura divina y con la Tradición de la Iglesia Católica. No porque la Escritura, por sí sola, no sea suficiente en todos los casos, sino porque muchos, interpretando a su capricho las palabras divinas, acaban por inventar una cantidad increíble de doctrinas erróneas. Por este motivo es necesario que la exégesis de la Escritura divina vaya guiada por la única regla del sentir católico, especialmente en las cuestiones que tocan los fundamentos de todo el dogma católico.

También he afirmado que en la misma Iglesia es necesario tener en cuenta la universalidad y la antigüedad, con el fin de que no nos suceda que nos separemos de la unidad del conjunto y acabar, disgregados, en el fragmentarismo particularista del cisma, o precipitarnos, desde la fe antigua, en novedades heréticas.

He dicho además, en cuanto a la antigüedad, que es preciso a toda costa tener presente dos cosas y adherirse a ellas profundamente, si no queremos convertirnos en herejes; primero: ver si ha habido antiguamente algún decreto por parte de todos los obispos de la Iglesia Católica, emanado bajo la autoridad de un concilio universal; después, en el caso de que surja una cuestión nueva, en torno a la cual no se encuentre nada definido, recurrir a las sentencias de los Padres, pero sólo a aquellos que, por haber permanecido, en su tiempo y lugar, dentro de la unidad de la comunión y de la fe, se han convertido en maestros probados. Todo lo que se encuentre que ha sido por ellos mantenido con unanimidad de sentir y de consenso puede ser sometido sin temor alguno como expresión de la verdadera fe católica.

Como habría podido parecer que yo afirmaba estas cosas por mi propia cuenta, más que basándome en la autoridad de la Iglesia, me he referido al ejemplo del Santo Concilio habido hace tres años en Efeso (ver nota 1 al final), en Asia, bajo el consulado de los preclaros Basso y Antioco.

En el curso de las discusiones que allí se tuvieron para establecer la regla de la fe, con el fin de evitar que una novedad impía se insinuase del mismo modo que se llevó a cabo la perfidia de Rimini, pareció a todos los obispos, reunidos en número de casi doscientos, que el mejor procedimiento, el más católico y el más conforme a la fe, era el de remitirse a las sentencias de los Santos Padres, alguno de los cuales eran mártires, otros confesores, con tal que de todos ellos hubiera constancia de que habían sido obispos católicos y que habían perseverado como tales. Fortalecidos por su consenso, fue confirmada por decreto, en debida forma y solemne, la antigua fe, y condenada la blasfemia de la nueva impiedad.

A la luz de este procedimiento, y con todo derecho y merecidamente, el impío Nestorio fue juzgado de estar en desacuerdo con la antigüedad católica, y el bienaventurado Cirilo en comunión con la santísima fe antigua.

Para que nada faltase a la fidelidad de los hechos que he narrado, proporcioné también los nombres y el número de los Padres, aunque se me haya olvidado el orden, (ver nota 2 al final), de conformidad con cuya sentencia unánime fueron interpretadas las palabras de la Sagrada Escritura, y fue confirmada la regla de la fe divina. Pienso que no será superfluo que la vuelva a recordar, para refrescar mi memoria.

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NOTA 1:  El Concilio de Éfeso se abrió el 22 de junio del año 431. Cirilo ostentó la representación del Papa, y tres legados pontificios acudieron también desde Roma.

El desarrollo del Concilio fue muy accidentado. En la primera sesión se aprobó un decreto redactado por Cirilo, donde se formulaba la doctrina de la unión hipostática de las dos naturalezas en Cristo, y se acordó también la deposición y excomunión de Nestorio. Al término de la sesión se produjo una manifestación pública de júbilo y el pueblo de Éfeso, gozoso al ver confirmado a María el título de Madre de Dios, acompañó con antorchas a los padres del Concilio.

Mas pocos días después llegó el patriarca Juan de Antioquía con los obispos antioquenos, y éstos rehusaron aceptar cuanto se había acordado hasta entonces y se constituyeron en asamblea separada, en anticoncilio. La actitud del emperador Teodosio II fue durante cierto tiempo ambigua, aunque al final decidió respaldar la acción del Concilio, y Nestorio fue privado de su sede y recluido en un monasterio.

La escisión entre los episcopados de Siria y Egipto se resolvió al aceptar Cirilo una profesión de fe redactada por Juan de Antioquía, en la que se llamaba a María con el título de Madre de Dios, que es la que se ha denominado Símbolo de Efeso; los antioquenos, por su parte, admitieron los decretos del Concilio y la deposición de Nestorio.

Con ello, el Nestorianismo se fue extinguiendo como problema vivo de la Iglesia. Grupos de nestorianos subsistieron en la región de Edesa y luego arraigaron en Persia, donde se constituyó una Iglesia nestoriana que en los siglos siguientes desarrolló una activa labor misionera en la India y otras tierras de Asia.

NOTA 2: En el segundo Conmonitorio, San Vicente relataba en detalle el Concilio de Éfeso; en ese relato consignaba todos los pormenores a los que aquí se refiere.

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